Negocio y Empresa

Contratación de Artistas para Espectáculos

En el artículo 2º, del Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos, se entiende por relación especial de trabajo de los artistas en espectáculos públicos la establecida entre un organizador de espectáculos públicos o empresario y quienes se dediquen voluntariamente a la prestación de una actividad artística.

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Contratos del Músico

Con este artículo pretendemos contribuir a clarificar algunos aspectos importantes relacionados con los CONTRATOS de los músicos. Es importante aclarar que las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes, y deben cumplirse sin importar si empresa o el músico lo llaman de una u otra manera (prestación de servicios, contrato profesional, etc.).

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